About us

martes, 8 de agosto de 2017

Seguros de Salud: Atención odontológica ¿Qué cubre y qué no cubre?

Los altos costos para la atención odontológica pueden ser reducidos a través de la contratación de un seguro de asistencia médica. Aquí un recuento de los principales beneficios a los que se puede acceder.


¿Qué cubre la atención odontológica?



Según el plan de salud contratado, la atención odontológica [incluida la atención odontopediatra] incluye:


  • Consultas, examen clínico y odontograma. Y en caso que se requiera radiografías para confirmar el diagnóstico odontológico.
  • Cirugía bucal por exodoncia simple, semi impactada o impactada y apicetomía [eliminación de infección en la raíz del diente]
  • Tratamiento periodontal simple que incluye tratamientos para gingivitis y periodontitis [inflamación alrededor del diente].
  • Tratamientos de ortodoncia o prótesis, está situación puede estar sujeta a una verificación médica de parte de la misma aseguradora que apruebe la realización del procedimiento.
  • Endodoncia por pulpotomía, pulpectomía, de incisivos, caninos, premolares y molares. Este procedimiento incluye la toma de una radiografía de diagnosticado, de conductometría y de control post procedimiento.  
  • Colocación de sellantes dentales [cubiertas plásticas para molares y los premolares con el objetivo de protegerlos de la caries] que incluye tratamientos por profilaxis y fluorización.




Algunos planes de salud pueden incluir la atención farmacológica siempre que esta se dé dentro de la red de clínicas odontológicas asociadas.



El reembolso por tratamientos odontológicos.

Cuando el asegurado solicita el reembolso de los gastos efectuados deberá presentar una serie de documentos que justifiquen el tratamiento recibido y deberá llevar la firma del odontólogo tratante.

  • El odontograma detallado de las piezas tratadas.
  • Facturas por radiografías.



La atención por emergencia accidental odontológica



Se denomina emergencia odontológica cuando existe un traumatismo dentoalveolar [lesiones del diente, la pulpa, el huevo alveolar y tejidos periodontales] con dolor y hemorragia urgente.



En estas situaciones el seguro cubre la atención odontológica paliativa o de alivio del dolor, seguida del procedimiento odontológico para casos de:



  • Luxaciones dentales: concusiones [sensibilidad del diente], subluxación, luxación intrusiva y extrusiva, lateral, avulsión [expulsión del diente], fracturas coronal y radicular.     

Por el contrario, existen situaciones que el seguro no califica como emergencias odontológicas y por lo tanto no las cubre dentro de la categoría emergencia del plan. Estas son:  
  • Extracciones dentales por problemas ortodóncicos [apiñamiento de dientes, mordida abierta, profunda o sobremordida, mordida cruzada anterior o invertida].
  • Costos por sala de operaciones para Osteosíntesis [unión de huesos fracturados con metal].   
  • Ferulización por fractura radicular.
  • Reducción de fracturas maxilares.
  • Reposición de implantes.
  • Exámenes auxiliares, tomografías y radiografías.



La atención odontológica de emergencia debe ser realizada en centros médicos afiliados a la compañía de seguros, para que pueda aplicarse la cobertura contratada.



Al evaluar la contratación de un seguro de salud privado se debe evaluar contar con la asesoría de un corredor de seguros que sirva como nexo entre el afiliado y la aseguradora, teniendo como función la de orientar y agilizar los trámites para la cobertura del seguro, en casos de rutina y/o emergencia.

0 on: "Seguros de Salud: Atención odontológica ¿Qué cubre y qué no cubre?"